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Violencia de género: detener un hombre cada 4 horas

Violencia de género: detener un hombre cada 4 horas Una vez más la justicia ha vuelto a criticar la ley de “Protección Integral contra la Violencia de Género”. Las razones son las mismas que siempre y señalan sus deficiencias.

La primera y determinante es que no cumple con los fines para los que en principio se legisló: combatir la violencia en la pareja y, de manera especial, disminuir el número de homicidios.

El resultado es espectacularmente malo: 28 muertas en lo que va de año, un ritmo que de mantenerse se situaría por encima de las 65 mujeres muertas a final de año. En total, desde que se legisló la ley, el número de víctimas mortales ha ascendido a 158.

 

Ahora, la Memoria del 2006 de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, vuelve a señalar lo que con anterioridad ya han manifestado multitud de jueces, entre los que destacan, la Decana de los jueces de Barcelona y la presidenta del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, cuyas críticas como profesionales poseen la significación añadida de su condición de mujer.

La fiscalía escribe cosas de este tenor: “No ha tenido un importante efecto disuasorio sobre les agresores, puesto que no sólo no han disminuido el número de denuncias, sino que no son pocos los supuestos en que el agresor vuelve a reincidir”. Más claro imposible.

 

Pero es que además de no servir para lo que estaba previsto, la ley crea problemas graves que no existían. Uno de ellos es el de la judicialización de las relaciones de pareja y la criminalización del hombre. Solo en Barcelona, es detenido en razón de esta ley, un hombre cada cuatro horas.

Esta masificación tiene otra consecuencia que es el bloqueo de la justicia y la incapacidad de las fuerzas policiales para atender debidamente tantas situaciones distintas. Y es que el problema de fondo radica en que la ley no permite separar el grano de la paja.

Un gran número de incidentes domésticos no deberían llegar nunca al juzgado, sino que deberían ser resueltos en el marco de la conciliación familiar como sucede en la mayor parte de Europa.

De esta manera el incipiente conflicto no se agría por su judicialización y en un tanto por ciento muy importante, del orden del 80, se llega a soluciones positivas, bien por la reconciliación de la pareja, bien por su separación amistosa. Esto permitiría concentrar los recursos sobre los casos realmente graves, donde existe una amenaza evidente, descongestionaría los juzgados y permitiría una mayor agilidad en todos los procedimientos.

 

El informe de la fiscalía también solicita que se modifique de la ley la obligatoriedad de la pena de alejamiento e incomunicación, dejándola solamente para los casos graves, puesto que como señalan los propios fiscales esta medida extrema que arruina la vida de la pareja y de manera particular al hombre expulsado, es adoptada cuando no lo pide ni la víctima y además existe aún una plena convivencia de pareja.

 

Los fiscales señalan, también algo obvio ligado a toda la concepción penal, como es la necesidad de programas de rehabilitación para los agresores, puesto que de lo contrario continuarán repitiéndolo con la misma o nuevas víctimas.

En teoría todo el sistema penal español está fundado en la rehabilitación del preso, pero esta ley se ha hecho con el único propósito de meter a los hombres en los juzgados y a ser posible en la cárcel, no tanto para ayudar a la mujer. El resultado está a la vista: consagrar el conflicto entre ambos que impulsa la ideología de género como un remiendo mecanicista de la lucha de clases.

 

La ley se elaboró sin contemplar las causas objetivas que convierten en grave los conflictos entre la pareja y prescindió absolutamente de toda la experiencia europea en este campo. Inventó una ley nueva, una anomalía jurídica a escala mundial. El resultado obviamente es un desastre.

 

Editorial de Forum Libertas, 21de mayo de 2007

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