El Gobierno ha sido diligente en la defensa de la doctrina Parot, no tienen razón algunas víctimas al quejarse
Páginas Digital entrevista al catedrático Mikel Buesa, al hilo de las últimas noticias en referencia a la Doctrina Parot.
¿Qué consecuencias tendría la anulación de la doctrina Parot?
La doctrina Parot es un sistema de contabilización de las reducciones de penas por la realización de estudios o de trabajos que se aplica a la totalidad de los años de condena de cada recluso. Esto significa que si un preso tiene una condena de 300 años y una reducción de 6, entonces su pena queda fijada en 294 años. De ellos, sólo cumplirá 30, puesto que éste es el límite de cumplimiento que fijaba el código penal de 1973. Con el sistema anterior a la doctrina Parot, la resta se realizaba sobre este período de máximo cumplimiento, con lo que un condenado a penas centenarias podía salir de la cárcel con poco más de veinte años de cumplimiento.
Esto significa que si la doctrina Parot se suprime, más de cien reclusos que ahora esperan a los treinta años de cumplimiento de pena, saldrán inmediatamente de la cárcel. Y además tendrán que ser indemnizados por el Estado. La mayor parte de ellos son asesinos de ETA, pero hay también otros presos no terroristas.
Hay quien dice que no es conforme a derecho porque se inventó para que los terroristas siguieran en las cárceles. ¿Usted qué cree?
La doctrina Parot la estableció el Tribunal Supremo para evitar que terroristas con largas condenas por haber cometido múltiples asesinatos, pudieran salir de la cárcel con unos pocos años de cumplimiento. Por poner sólo un ejemplo, De Juana Chaos, autor de 25 asesinatos, cumplió sólo 19 años de prisión. El hecho de que se estableciera esta doctrina para alargar el cumplimiento de penas de los terroristas hasta los treinta años, no significa que se trate de una arbitrariedad o una ilegalidad. No es arbitrario porque sólo se ha aplicado sobre los condenados a los que, en el momento de entrar en vigor la doctrina Parot, no se les había establecido la liquidación de su pena. Y no es ilegal porque se trata de una medida de política criminal amparada por la Constitución, tal como ha establecido en reiteradas sentencias el Tribunal Constitucional.
¿Forma parte esto de una negociación o una flexibilización de las penas impuestas a ETA?
La doctrina Parot formó parte del paquete de medidas negociadas entre ETA y el Gobierno de Zapatero. Sin embargo, los acuerdos a los que pudieron llegar nunca fueron efectivos. Zapatero esperaba que el Tribunal Constitucional, sobre el que ejerció intensas presiones, declarara la inconstitucionalidad de la doctrina Parot. Pero no fue así; y entonces, el Gobierno no pudo evitar su aplicación. Afortunadamente todavía queda algo de la división de poderes en España y es clafro que los jueces no estuvieron por la labor de satisfacer los acuerdos a los que Zapatero hubiera llegado con ETA.
¿En algún momento sería justo que los etarras tuvieran algún beneficio penitenciario? ¿Cuándo?
Los terroristas, como los demás reclusos, pueden tener beneficios penitenciarios y acceder al tercer grado y a la libertad condicional siempre que hayan cumplido tres cuartas partes de la pena a la que fueron condenados y estén arrepentidos. Desde la perspectiva penal, el arrepentimiento exige la colaboración con la justicia para esclarecer otros casos de terrorismo. Digamos que para ser un arrepentido hay que ser un delator.
¿Es justo este tratamiento? En la perspectiva de las víctimas, sobre todo cuando se han cometido crímenes irreparables, no es justo. Pero también está la perspectiva del interés de la sociedad que se expresa en la política criminal. Y, en esta perspectiva, considero que las exigencias del Código Penal son suficientes en el caso de los condenados por terrorismo.
¿Ha sido suficientemente contundente el Gobierno?
En este tema de la doctrina Parot el Gobierno actual ha sido muy diligente, ha actuado con corrección y ha preparado con esmero el recurso presentado en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Confío en que su labor sea coronada por el éxito.
Al dar esta respuesta no se me oculta que alguna asociación de víctimas se haya quejado del Gobierno. Esas quejas revelan sobre todo la ignorancia de los procedimientos jurídicos. Hay dirigentes en esas asociaciones que creen que este tipo de temas se solventan con manifestaciones públicas, campañas de prensa o declaraciones más o menos extremas. Y no es así. El Tribunal Europeo no se va a ver presionado por la calle y lo que cabe esperar de él es que reflexione a partir de los argumentos jurídicos y de política criminal. Esto es lo que ha hecho el Abogado del Estado bajo las instrucciones del Gobierno. Y, por eso, ha de decirse que su actuación ha sido irreprochable.
¿ETA se ha acabado?
ETA sigue viva y sus dirigentes no tienen la menor intención de disolver su organización. Las autoridades francesas lo han señalado recientemente en el juicio que se ha celebrado en París contra los llamados "generales" de ETA. Ahí se ha señalado que hay, en este momento, unos treinta terroristas preparados para cometer atentados, que se ha restablecido el reclutamiento de nuevos militantes entre los jóvenes de Segi, y que disponen de un arsenal de armas y explosivos considerable.
Aunque, seguramente, el riesgo de nuevos atentados es bajo en este momento, ello no significa que, dependiendo de las circunstancias políticas, ETA no pueda intentar el desarrollo de una nueva campaña terrorista. Por otra parte, durante el último año, ha incrementado sus acciones callejeras (como puedes ver en el informa de la Cátedra de Economía del Terrorismo que se acaba de publicar: pendientedemigracion.ucm.es/info/cet/documentos%20trabajo/DT15CET_Act_terr_ETA_2012.pdf). Digamos que, mientras ETA no se disuelva, estamos en una situación de impasse en la que los partidarios de la continuidad de la violencia están frenados por los políticos que ejercen la representación institucional de la izquierda abertzale. Ello hace que el final de la violencia no sea irreversible y que aún existe la posibilidad de que el terrorismo no haya llegado a su final.
Por José María Gutiérrez Montero
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