Adopción: Aventura y Tortura
"No todos los niños/niñas tienen algo tan fundamental como la presencia de unos padres/madres que les ayuden a iniciarse en los sentimientos, la configuración del carácter y en los cuidados tanto materiales como afectivos".
Aunque pueda parecer lo usual, no todos los niños/niñas tienen algo tan fundamental como la presencia de unos padres/madres que les ayuden a iniciarse en los sentimientos, la configuración del carácter y en los cuidados tanto materiales como afectivos.
Recientemente, dos casos de adopción han sido noticia.
El primero, es la decisión judicial de devolución de una niña canaria entregada en acogimiento a una familia con cuatro hijos. Es la historia de Piedad tras estar en un Centro de acogida y que las autoridades autonómicas decidiesen dar en acogimiento. Solo entonces se produjo el recurso de la madre biológica. Tres años de estancia en un centro en una niña que no tenía quien le proporcionase lo más valioso: el cariño, encontró una familia que se lo daba. En una decisión judicial pendiente de recurso, a la vista de la reclamación de la madre biológica, se ordenó la separación de la familia acogedora y su reingreso en un centro de acogida.
Las resoluciones judiciales deben respetarse pero debe reflexionarse sobre la ponderación en cada caso de los intereses concurrentes. Son indudablemente legítimos las expectativas de cualquier familia acogedora al igual que, por supuesto, los intereses de la familia biológica. Pero por encima de todos ellos debe prevalecer siempre el interés del menor. Así lo fija la ley de Protección del Menor de 1996 pero varias interpretaciones jurisprudenciales han hecho prevalecer los intereses de los padres de origen. Aunque no es el único, no puede olvidarse el caso del niño del Royo, recientemente reinternado en un centro, cinco años después de aquella disparatada impune e irresponsable (la ausencia de irresponsabilidades judiciales es extraña a un sistema de Estado de Derecho) decisión de “devolverlo” a la madre de origen, esquizofrénica e incapaz de ejercer sus deberes.
Es indudable que el origen genético crea unos vínculos entre unos padres y un hijo. Pero eso no puede mantenerse inmutable cuando las autoridades encargadas de velar por los menores han tomado ponderadamente la decisión de privarles a aquellos de su patria potestad por unos gravísimos incumplimientos de sus obligaciones más básicas o una incapacidad para dar a un menor lo que necesita.
En esos casos, deberá valorarse si hay posibilidad de cambio pero no puede mantenerse (es lo que sucede ahora) permanentemente abierta la posibilidad de “recuperar” el hijo. Estos no son propiedad de nadie y no puede privarse a unos menores del derecho a tener una familia que le atienda, le acoja y le de lo esencial en los años más decisivos de su vida. Si pasado un tiempo esa situación se ha consolidado y generado unos vínculos, no pueden estos romperse para hacer prevalecer el derecho de la madre biológica sobre el niño pretendiendo recuperar lo que, reitero, no es de su propiedad.
Si estos son algunos de los problemas de la adopción nacional (1.000 al año), la internacional (4.000) tiene sus singularidades. El reciente caso de El Congo lo evidencia. El cúmulo de despropósitos de hace casi un año no se han corregido. A la difícil situación de seguridad jurídica y social en el país africano y la inadecuada actuación inicial de los representantes diplomáticos españoles, habría que situar el origen del problema: una deficiente actuación de la agencia de adopción y una irresponsabilidad de las autoridades autonómicas. La ausencia de control de las agencias (que cobran sus buenos euros por”gestionar” una adopción) por parte de las CCAA es uno de los problemas más graves. Existe una dejación en el seguimiento de estas entidades privatizadas. Si autonomía significa responsabilidad y si se tiene competencia exclusiva en materia de menores y se autorizan administrativamente a unas agencias privadas para gestionarlo, debe haber un control que en la práctica apenas se hace.
Si eso es el origen del problema de los niños del Congo, lo que es igualmente grave es que las autoridades de la Generalitat fueron y han seguido siendo incapaces de solucionarlo. El cambio inicial de cargos públicos tras las elecciones autonómicas, pareció abrir esperanzas a los adoptantes. Pero luego el trato dispensado ha sido muy deficitario, queriendo solo enterrar un problema. A algunas familias provenientes de fuera de Cataluña ya ni se les contesta o atiende (la familia de Cantabria) o se les remite a su Comunidad de origen (la andaluza).
Que ante la falta de asistencia, algunas familias decidieran ir por libre a el Congo y con un abogado local hayan gestionado y logrado venirse legalmente con unos niños que estaban en orfanatos, demuestra la ineficacia y la falta de sensibilidad de una Administración autonómica cuya actuación debiera hacer reflexionar a las máximas autoridades del país catalán. Más importante que demandar más competencias es ejercer bien las que ya se tienen.
Estos dos casos evidencian la urgencia de una Ley de Adopciones bloqueada por el Gobierno central que resuelva normativamente algunos de los problemas existentes pero sin olvidar que tan importante como ello es una mejora en las actitudes de quienes tienen alguna función relacionada con ello.
Ojala la adopción no sea tan frecuentemente una aventura para los niños ni una tortura para los adoptantes.
JESÚS LÓPEZ-MEDEL
Relator de Derechos Humanos y Democracia de la Asamblea de la OSCE. Diputado por Madrid (P.P)
El Periódico de Cataluny
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